Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0678/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-19

Carátula: STUDIO PRIMA S.A. S/ AMPARO

Descripción: providencia

EXPTE: 0678/2005

CARATULA:STUDIO PRIMA S.A. S/ AMPARO

Viedma, diciembre de 2.005.-

Teniendo en cuenta lo manifestado y en atención a la naturaleza de la presente acción (art. 43 de la Constitución Provincial), a lo solicitado no ha lugar.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro