Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0549/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-19

Carátula: SACCO MYRIAM NOEMI C/ LEYRO DIAZ GUILLERMO JOSE S/ SUMARIO - DESALOJO

Descripción: HOMOLOGACION DE ACUERDO

Viedma, diciembre de 2005.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: SACCO MYRIAM NOEMI C/ LEYRO DIAZ GUILLERMO JOSE S/ SUMARIO - DESALOJO Expte. n° 0549/2005; y

CONSIDERANDO:

I.- Que a fs. 18/21 se presenta la sra. Myriam Noemí Sacco, por derecho propio, y promueve juicio sumario de desalojo contra el sr. Guillermo José Leyro Díaz.-

II.- Que a fs. 30/34 se presenta el demandado, sr. Guillermo José Leyro Díaz , por derecho propio, y contesta la demanda.-

III.- Que al momento de celebrarse la audiencia prevista en el art. 489 del C. Pr., las partes acuerdan: ¨1) El contrato de alquiler que une a las partes y que ha sido objeto de este juicio continuará vigente por el plazo de 15 meses a contar desde la finalización del plazo original señalado en el contrato obrante a fs. 2, o sea que finalizará indefectiblemente el 30 de noviembre de 2006. 2) el monto del alquiler se pacta de la siguiente manera: a) por los meses transcurridos desde agosto a diciembre del corriente año la demandada reconoce una diferencia en favor de la parte actora de $ 300 que serán abonados junto con el alquiler del mes próximo antes del 10 de enero de 2006, b) por los meses de enero a agosto de 2006 pactan la suma de $ 650 mensuales, c) para los meses de septiembre a noviembre de 2006 acuerdan la suma de $ 700 por mes, d) que el último mes de alquiler se podrá compensar con el depósito en garantía en tanto el local se encuentre en las condiciones acordadas en el contrato. 3) Acuerdan que el monto por el agua será de $ 40 por bimestre. 4) Asimismo acuerdan dar por finalizado el juicio por consignación que se sigue entre las partes, aceptando la sra. Sacco los montos allí depositados, conforme lo acordado en la presente y prestando conformidad el sr. Leyro Diaz para el retiro inmediato de aquéllos fondos. 5) Acuerdan a su vez que las costas en dicho proceso sean soportadas por su orden, debiendo regular honorarios el Tribunal, para lo cual se agregara copia certificada de la presente en dichas actuaciones. 6) Acuerdan que las costas de este juicio sean por su orden, regulando los honorarios el Tribunal. 7) Solicitan la homologación del presente acuerdo.¨.-

Por lo expuesto y conforme lo previsto por el art. 308 del C.Pr.;

RESUELVO:

--- 1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo arribado por las partes a fs. 40 y vta., transcripto precedentemente.-

--- 2.- Imponer las costas del presente juicio por su orden (art. 73 del C. Pr.).-

--- 3.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Ricardo A. Ocejo y Sergio A. Zucal, en forma conjunta, en la suma de $ 660 (11 %) y los honorarios de los Dres. Alejandro R. Buckland y José A. Sánchez, en forma conjunta, en la suma de $ 660 (coef. 11 %); M.B. $ 6.000 -12 x $ 500- monto del alquiler según fs. 3- (arts. 26 Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

--- 4.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

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