include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25076/11
Fecha: 2011-03-04
Carátula: MEDICUS S.A. S/ QUEJA (EN: ROSENKJAER MARCOS S/AMPARO)
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 04 de marzo de 2011.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “MEDICUS S.A. S/ QUEJA EN: ROSENKJAER, MARCOS S/AMPARO" (Expte.N°25076/11-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de apelación denegado por la Cámara del Trabajo de la 3ra.Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de S.C.de Bariloche, según resolución obrante en copia a fs. 72/73 de estos autos.- - - - - -----Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento las constancias acompañadas y lo manifestado por el recurrente, por lo que corresponde tener por conformada la autosufuciencia requerida y entrar a merituar si el recurso de apelación debía haber sido concedido.- - - - - - - - - - - -----Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de queja y documentación adjunta, se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su admisibilidad formal, surgiendo “prima facie” una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión.- - ------Por ello y lo dispuesto por el art. 283 del CPCyC.;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Hacer lugar al recurso de queja deducido a fs. 82/85 de las presentes actuaciones, y en consecuencia declarar admisible el recurso de apelación interpuesto y que fuera denegado en la causa principal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese, ofíciese con copia de la presente a la Cámara del Trabajo de S.C.de Bariloche, solicitando la remisión de los autos principales, previo cumplimiento con lo prescripto por los arts.246, 249 y sgtes. del Cód.Proc.Civ. y Com. y oportunamente archívese la presente.- - - - - - - - - - --
Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ LUIS LUTZ JUEZ ALBERTO I.BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: T° 1 A.R. 2 F° 10/11 Sec. N° 4 STJ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro