Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0468/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-03-04

Carátula: RIOS NORA ELISA Y OTRO C/ BANCO PATAGONIA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: AL DESISTIMIENTO NO HA LUGAR

EXPTE. N° 0468/2009

CARATULA: RIOS NORA ELISA Y OTRO C/ BANCO PATAGONIA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, marzo de 2011.-

Atento el condicionamiento expresado por la parte actora respecto del desistimiento formulado, en esos los términos no ha lugar. Pudiendo, en su caso, requerirse el consentimiento del Banco Patagonia S.A. a fin que la imposición de costas lo sea por su orden.-

Rosana Calvetti

Juez

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