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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0319/2005
Fecha: 2005-12-19
Carátula: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: SE FIJAN ASTREINTES Y NUEVA AUD. DEL ART. 489 C.PR.
EXPTE. Nº : 0319/2005.-
CARATULA: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
Viedma, diciembre de 2005.-
Atento lo solicitado a fs. 94 y no habiendo comparecido la citada en garantía, Federación Patronal Seguros S.A., a la audiencia fijada en estas actuaciones, hágase efectivo el apercibimiento allí previsto, a cuyo fin se fijan las astreintes en la suma de $ 2.000 (50 jus) que deben abonarse en el plazo de 10 días de notificado en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a estos autos. Notifíquese.-
De conformidad a lo peticionado y constancias de autos, fíjase nueva audiencia a los fines previstos por el art. 489 del C. Pr., para el día 23 de febrero de 2.006 a las 10:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro