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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0367/2004
Fecha: 2011-03-03
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ MARTIN ANTONIO ANGEL Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
___________
C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE
Domicilio: BELGRANO Nº 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ MARTIN ANTONIO ANGEL Y OTRA S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0367/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 01 de marzo de 2.011.- ... RESUELVO: ---.I. Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 12/15 y condenar al Sr. Antonio Angel Martin a abonar a la Provincia de Río Negro, en el plazo de 10 días, la suma de $ 6.111 en concepto de capital e intereses calculados al 31/01/11 y de allí en más intereses estipulados en el considerando 4º, hasta su efectivo pago.- ---.II. Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios de la Dra. María Valeria Coronel en la suma de $ 1.640 (10 jus) y los de la Dra. Alba Schiavi de van Konijnenburg en la suma de $ 492 (3 jus); MB: $ 6.111; conf. arts. 6, 7, 8, 9, 10, 11, 39 y cc. de la ley G. Nº 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- ---.III. Regular los honorarios profesionales de los Dres. Rodolfo Paulo Formaro y Pablo Joaquín Gonzalez, en forma conjunta, en la suma de $ 492 (3 jus), conforme lo dispuesto a fs. 38. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- ---.IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro