include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40085
Fecha: 2011-03-02
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/ROMERO SANDOVAL Ignacio S/ Ejecutivo
Descripción: regula acrecidos
//neral Roca, 02 de MARZO de 2011.=
Téngase presente y hágase saber el dictámen de Caja Forense.
Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $ 200 -(M.B. $ 3.647,50.- acuerdo de fs. 38/9 arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro