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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39890
Fecha: 2011-03-01
Carátula: CREDIL S.R.L. c/MARQUEZ Juan Tránsito S/ Ejecutivo
Descripción: MULTA empleadora
//neral Roca, 01 de MARZO de 2011.=
Atento lo peticionado y las constancias de fs. 21, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación, a Norma, Néstor Daniel y Sergio Favio Cecive de $ 100.- por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro