Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32043III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-19

Carátula: ROSSO Raúl c/LENZI Alberto S/ Ejecutivo

Descripción: resolucion a protocolo

General Roca 19 de diciembre de 2005.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " ROSSO RAUL c/ LENZI ALBERTO s/ EJECUTIVO " (Expte. Nº 32.043-III-99).-

A fs.78 se presenta el ejecutado y denuncia que aproximadamente en el mes de noviembre del año 2002 fue secuestrado por el actor un Ford Sierra dominio SPL 436 y no se ha agregado la diligencia a la fecha de su presentación -30 de diciembre de 2004-, tampoco se ha instado el proceso para culminarlo.-

A fs.89 con fecha 19/04/05 se presenta el actor por medio de apoderado y manifiesta que el bien rodado ha sido secuestrado y se encuentra en posesión del actor en caracter de depositario judicial, que atento el estado en que se encuentra, solicita autorización para su reparación y obtener un mejor precio en la subasta.-

Asimismo peticiona se requiera al martillero la agregación del mandamiento de secuestro e informe sobre el valor de plaza del bien, el estado en que se encuentra y el valor de los gastos de reparación; no haciéndose lugar a la segunda parte de su petición a fs.90.-

A fs.91 se presenta el ejecutado y denuncia que el bien rodado secuestrado no se encontraba en el estado que éste denuncia, y ello será acreditado con el acta de secuestro y personas que se encontraban en el lugar, por lo que solicita se intime al martillero a acompañar dicho instrumento, bajo apercibimiento de aplicar la sanción que en derecho corresponda y multa diaria hasta su cumplimiento.-

A fs.92 se ordena la intimación al martillero, a fs.93 se agrega la cédula de notificación, a fs.94 se solicita resolución; dictándose a fs.95 autos para resolver.-

Ante a la situación irregular que se denuncia, y habiendo mantenido silencio el martillero para agregar el mandamiento diligenciado, corresponde aplicar como sanción el llamado de atención con notificación al Colegio de Martilleros, con copias de fs.87 a la presente resolución inclusive.-

Sin perjuicio y a los fines de dilucidar la cuestión, se fija audiencia a la que deben comparecer las partes, sus letrados y el martillero interviniente a fin de dar explicaciones sobre la situación del secuestro ordenado con fecha 17 de setiembre de 2002, cuyo mandamiento obra retirado a fs.68 vta. sin que hasta la fecha se haya liquidado el bien de conformidad con las normas que rigen la subasta.-

Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts. 34 inc.5 d), 36 inc.2 a) y cc. del C.P.C,

RESUELVO.: Aplicar la sanción de llamado de atención al martillero Sr. Walter Vilugrón, con notificación al Colegio de Martilleros, remitiéndose copias de fs.87 a la presente inclusive, cúmplase por secretaría.-

Fijar la audiencia del día 15 de febrero de 2006, a las 8,30 hs.- Notifíquese a las partes, sus letrados y martillero interviniente.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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