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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37249
Fecha: 2005-12-19
Carátula: PROVINCIA RIO NEGRO c/DIAZ Héctor D. y otro S/ Desalojo
Descripción: inicio
General Roca, 19 de diciembre de 2.005.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso SUMARIO, traslado a la demandada por el término de DIEZ días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 486 y 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a General Roca.-
Hágase saber al Sr. Oficial Notificador que deberá dar cumplimiento con las disposiciones de los arts. 683/4 del C.P.C., los que se transcribirán en la cédula.-
Téngase presente la prueba ofrecida, la que deberá ser ratificada en el momento procesal oportuno.-
Exímase al presentante de acompañar copia del expediente administrativo, el que se deposita en caja fuerte a fs. 5/46, hágase saber al demandado dicha circunstancia.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro