Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0792/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-25

Carátula: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: AGREGUESE Y nulifica notificación

EXPTE. Nº 0792/2007

CARATULA: ROSSETTI ANDRES ITALO C/ BONDARUK SEBASTIAN OSVALDO Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, febrero de 2011.-

Proveyendo a fs. 334/339:

Agréguense.-

Atento el estado de autos, surgiendo de las cédulas de notificación que no han sido adjuntadas copias de la documental acompañada a fs. 132/148 con el escrito de fs. 149/159 cuyo traslado se ha ordenado a fs. 329 y toda vez que debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 135 del C.Pr., ello a los fines que los citados puedan ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

Al escrito de fs. 340/341:

Por contestado el traslado dispuesto a fs. 329. Tiénese presente.-

Proveyendo a fs. 344:

Agréguense y resérvense en Secretaría las copias para traslado del escrito de fs. 149/159 que fueran devueltas.-

A lo peticionado, estése a lo dispuesto precedentemente.-

Rosana Calvetti

Juez

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