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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0081/2011
Fecha: 2011-02-25
Carátula: LUGO MARCELA ALEJANDRA C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS S/ OFICIO
Descripción: ORDENA MANDAMIENTO
EXPTE Nº 0081/2011
CARATULA: LUGO MARCELA ALEJANDRA C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS S/ OFICIO
Viedma, febrero de 2011.-
Por presentado, parte conforme la autorización conferida y constituido el domicilio.-
Sin perjuicio de la Jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado Pablo José Ernesto Badia, hasta cubrir la suma de $ 2.400 en concepto de cuotas alimentarias atrasadas. A tal fin, líbrese mandamiento. Tiénese presente la persona autorizada para el diligenciamiento del mismo.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro