Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0348/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-24

Carátula: SUAREZ DIAZ FELIPE JOAQUIN C/ IGNISCI ROBERTO Y OTRA S/ DESALOJO

Descripción: regula honorarios - peticion actora extemporánea

EXPTE. Nº 0348/2010

CARATULA: SUAREZ DIAZ FELIPE JOAQUIN C/ IGNISCI ROBERTO Y OTRA S/ DESALOJO

Viedma, febrero de 2.011.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo que surge de la celebración de la audiencia dispuesta a los fines del art. 24 de la ley 2212 conforme surge del acta obrante a fs. 52, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Guillermo Adrián Suarez en la suma de $ 1.848 (coef. 11 % + 40 % - Monto Base: $ 1.000 x 12 = $ 12.000) -arts. 7, 9, 24, 27 y cc de la ley 2212-. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

En su mérito resulta extemporáneo el pedido efectuado por la parte actora a fs. 56.-

Rosana Calvetti

Juez

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