Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1200/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-24

Carátula: RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: Angel Duberli Ruiz

Domicilio: Bº 20 de Junio, Esc. 16, PB Dpto. C (real)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO ", Expte. Nº 1200/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero 14 de 2.011.-...En su mérito del memorial presentado a fs. 145/151, córrase traslado al amparista por el término de ley.- Fdo. Rosana Calvetti- Juez.- Viedma, febrero 24 de 2011.- Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que el amparista no cuenta con patrocinio letrado y a los fines de salvaguardar su debido derecho de defensa, corresponde, en este estado, disponer que el tralado ordenado a fs. 156 sea notificado por cédula y por Secretaría (art. 135 inc. 11 C.Pr.).-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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