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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39042
Fecha: 2011-02-24
Carátula: TARIFA Elvira S/ Sucesión
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 24 de FEBRERO de 2011.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "TARIFA ELVIRA S/SUCESION" (Expte. Nro. 39.042-III-08).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Elvira Tarifa ocurrido el 09 de octubre de 2007 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 2.
La causante se encontraba unida en matrimonio con Nazareno Mariano Gentili, por acto celebrado el 29 de noviembre de 1941 en Allen (RN). El nombrado, fallecido el 08 de junio de 2000 en General Roca (RN), certificado a fs. 15, tramitando el sucesorio por ante el Juzgado Civil N° I.
De dicha unión nacieron:
Norma Pilar: el 09 de enero de 1943 en Allen, Río Negro, certificado a fs. 5.-
Ester Carolina: el 10 de febrero de 1947 en Allen, Río Negro, certificado a fs. 6 y testimonio de rectificación del nombre a fs. 7.-
A fs. 13 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 27 y 43 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de la causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 24/26 y 28/30 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ELVIRA TARIFA, le suceden en el carácter de únicas y universales herederas sus hijas NORMA PILAR y ESTER CAROLINA de apellido GENTILI y TARIFA.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro