Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39705

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-24

Carátula: CORVALAN Policarpo S/ Sucesión

Descripción: regulaCIÓN

General Roca, 24 de febrero de 2011.s-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Regulo por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Diego Hernán Suarez en la suma de $ 7.140.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 3.570.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 102.000 -fs. 44-.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro