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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0166/2008
Fecha: 2011-02-23
Carátula: RODRIGUEZ ROLANDO Y RODRIGUEZ HECTOR S/ SUCESION
Descripción: PARTICION Y ADJUDICACION DE BIENES - HOMOLOGA CONV HONORARIOS
EXPTE. Nº : 0166/2008.-
CARATULA: RODRIGUEZ ROLANDO Y RODRIGUEZ HECTOR S/ SUCESION.-
Viedma, febrero de 2011.-
1) Por presentada partición y adjudicación de los bienes componentes del acervo hereditario.-
A los fines de su ratificación, cítase a los herederos declarados en autos a primera audiencia cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 11.00 hs. debidamente documentadas. Notifíquese.-
Hágase saber que en su caso la ratificación dispuesta precedentemente podrá ser efectuada en el Juzgado de Paz en donde se domicilian los herederos o mediante escribano público.-
Hágase saber que para la oportuna inscripción, se deberán acompañar los certificados de dominio de los bienes a inscribir, certificado de inhibición de los causantes expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble y cumplir con la ley 869.-
2) Por presentado convenio de honorarios.-
Atento lo peticiondo, homológuese en todos sus términos el convenio de honorarios, regulándose los honorarios profesionales de las Dras. Alina L. Valli y María Eugenia Mazzei, en conjunto, en la suma de $ 805,35 (MB: $ 7.321,45 coef. 11% -declaración patrimonial de fs. 73-) y la de los Dres. Alba Schiavi de van Konijnenburg, Silvia B. Aramburú de Uribe y Mario Salvador Cáccamo, en conjunto, en la suma de $ 10.064,32 (MB: $ 91.493,86 coef. 11% -declaración patrimonial de fs. 73-). Notifíquese.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro