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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40718
Fecha: 2011-02-23
Carátula: RIVAS Jose Anibal c/TRONCOSO CID Rodrigo alonso y Otra S/ Ordinario
Descripción: Inicio
//neral Roca, 23 de FEBRERO de 2011.=
Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de quince días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Allen.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Deposítese en caja fuerte la documental original .
No habiendo acompañado copias de la documental para el expediente, se deja constancia que se glosó de las copias de traslado, por lo que deberá completarse las mismas.
De agregarse por cuerda los autos "Rivas José Anibal S/Beneficio de litigar sin gastos" (40717).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de haberse depositado doc. original fs. 10/20. Se deja constancia que la documental de fs. 17/8 es copia simple.
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Poder Judicial de Río Negro