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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0488/2004
Fecha: 2011-02-22
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASSEF RICARDO EMIR Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
___________
C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE
Domicilio: BELGRANO Nº 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASSEF RICARDO EMIR Y OTRA S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0488/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 18 de febrero de 2.011.- ... RESUELVO: I.- Rechazar las excepciones de falta de legitimación activa y de prescripción interpuesta por la parte demandada a fs. 41/45.- II.- Rechazar la demanda interpuesta a fs. 17/20 por la Provincia de Río Negro contra el Sr. Ricardo Emir Assef.- III.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios profesionales de la Dra. Alba Schiavi de van Konijnenburg en la suma de $ 1.640 (10 jus); (conf. arts. 1, 2, 6, 7, 9 y conc. Ley G Nº 2.212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro