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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0556/2005
Fecha: 2005-12-16
Carátula: VALLA JOSE MARIA C/ FELICITO CARLOS EDUARDO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0556/2005.-
CARATULA: "VALLA JOSE MARIA C/ FELICITO CARLOS EDUARDO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, diciembre de 2.005.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, FELICITO CARLOS EDUARDO como empleado del IPROSS, hasta cubrir la suma de $ 6.125,25 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 613 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Valeria Coronel, a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 467 por honorarios ; y entregar al Sr. José María Valla, a su sola presentación, hasta la suma de $ 5.658,25 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal, en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro