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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0425/2005
Fecha: 2005-12-16
Carátula: MALINOWSKI EDUARDO ANTONIO Y OTRO C/ GARRONE LUIS HUMBERTO ALCIDES Y OTRO S/ SUMARIO
Descripción: PRUEBA
EXPTE. Nº 0425/2005
AUTOS: MALINOWSKI EDUARDO ANTONIO Y OTRO C/ GARRONE LUIS HUMBERTO ALCIDES Y OTRO S/ SUMARIO
Viedma, diciembre de 2.005.-
Atento al estado de autos y el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 84, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
DOCUMENTAL EN PODER DE TERCEROS: 1) Líbrese oficio a la Dirección General de Catastro y Topografía de Río Negro, a efectos de que remita a este Tribunal los folios parcelarios de las fracciones indicadas en esta demanda. En caso de no ser ello posible, remita copias certificadas de los mismos. 2) Líbrese oficio al Archivo del Poder Judicial para que remita copia certificada de la escritura pública nº 104 del 10 de mayo de 1977, Fº 297 otorgada por el Escribano Edgardo Castello, adscripto a la Escribanía Bugiolacci de Viedma. Dicha escritura instrumenta la venta realizada por Antonio José Viotti, Juana Margarita Garrone de Viotti y Armando Guillermo Domingo Viotti en favor de MEP S.A.-
CONFESIONAL: A fin de que los Sres. Luis Humberto Alcides Garrone y Carlos Eduardo Guillermo Garrone comparezcan a absolver posiciones, señálase audiencia para el día 07 de marzo de 2.006 a las 10:00 y 10:30 horas, respectivamente, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 417 del C. Pr.. Notifíquese.-
TESTIMONIAL: A los fines de que los Sres. Dalmacio G. Galván y Héctor Honorio Nuñez, comparezcan a prestar declaración testimonial y al reconocimiento de las fotografías obrantes a fs. 68, fíjase audiencia para el día 14 de marzo de 2.006 a las 9:30 y 10:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 21/03/06 a la misma hora. A los mismos fines, para que comparezcan los sres. Ismael Mussi y Francisco Angel Rodriguez, fíjase audiencia para el día 22 de marzo de 2.006 a las 09:30 y 10:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 29/03/06 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr.-
INFORMATIVA: Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a efectos de que informe sobre las sucesivas transmisiones de dominio realizadas sobre los bienes en cuestión, indicando además quienes son a la fecha los titulares registrales de los inmuebles en cuestión.-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Expte. n° 282/88/6 caratulado: "MEP S.A. c/ Garrone Carlos y Otro s/ Ordinario - Reivindicación" que a los fines de su remisión se oficiará al Archivo del Poder Judicial, haciéndose constar que el mismo ha sido archivado bajo registro 232 del año 1992; y requiriéndose que en caso de haber sido destruido, informe en qué fecha y si el mismo feneció por perención de instancia, como asimismo remita al Tribunal original o copia certificada de todo registro (que obre en libros, planillas, etc.) referido al expediente en cuestión.-
CONFESIONAL: A fin de que el Sr. Juan Segundo Esparza comparezca a absolver posiciones, señálase audiencia para el día 09 de marzo de 2.006 a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 417 del C.Pr.. Notifíquese. Y a los fines de la recepcionar la absolución de posiciones del sr. Eduardo Antonio Malinowski, líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al sr. Juez de igual clase y en turno con jurisdicción en la ciudad de Comodoro Rivadavia, adjuntándose el pliego pertinente.-
TESTIMONIAL: A los fines de que los Sres. Pilade Quinto Rossi; Héctor Serra y José Cristobal Castillo, comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 16 de marzo de 2.006 a las 9:30; 10:00 y 10:30 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 23/03/06 a la misma hora. A los mismos fines, para que comparezcan los sres. Raul Omar Zapata y Juan Dante Hidalgo, fíjase audiencia para el día 28 de marzo de 2.006 a las 9:30 y 10:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 04/04/06 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr.-
TESTIMONIAL DE RECONOCIMIENTO: Para que comparezcan a los fines de reconocimiento de firmas y autenticidad de documentos, la Dra. María Carolina Gaitan (fs. 38/47) y el Dr. Rolando F. Gaitán (fs. 47) señálase la audiencia del día 20 de marzo de 2006 a las 8:30 y 8:45 hs, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 27/03/06 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C.Pr..-
INFORMATIVA: Líbrese oficio a: 1) Escuela nº 24 de Zanjón de Oyuela y al Consejo Provincial de Educación, para que informen si en sus registros figuran anotados como alumnos, a partir de los años 1944 y 1945 los Sres. Carlos Eduardo Guillermo Garrone y Luis Humberto Alcides Garrone y cual era el domicilio que tenían registrado en la Escuela nº 24. 2) Secretaría Electoral, a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro, al Registro Civil de Viedma, al Juzgado de Paz de Cubanea y a la Dirección de Censos, para que informen cuales son los domicilio registrados por los demandados y desde que año.-
PERICIA AGRONOMA: A los fines de su realización desígnase perito al Ingeniero Agrónomo Humberto Gerardo Colombo, domiciliado en calle Buenos Aires 26 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado, deberá presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a lo solicitado por la parte a fs. 53 y a fs. 83. Notifíquese.-
PERICIA EN CONSTRUCCION: A los fines de su realización desígnase perito al Ingeniero Civil Juan Carlos Pisandelli, domiciliado en calle Francisco de Viedma 325 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado, deberá presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a lo solicitado por la parte a fs. 53 y a fs. 83 vta.. Notifíquese.-
INSPECCION OCULAR: Tiénese presente para su oportunidad, si correspondiere.-
Fórmense los respectivos cuadernos de prueba.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse dado cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-
SECRETARIA, diciembre de 2.005.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro