Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14069-118-06

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-21

Carátula: KATZ VICTOR JOSE / CELORIA MARIO LUIS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: ACLARATORIA

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14069-118-06

Tomo: 1

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

12

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 21 de febrero de 2011.

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “KATZ VICTOR JOSE C/ CELORIA MARIO LUIS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", expte. nro.14069-118-06”, expte. nro. (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs.1017/1028 se ha incurrido en error material al consignar el año, ya que donde dice “a los 14 (Catorce) días del mes de Febrero de dos mil diez" debe decir “a los 14 (Catorce) días del mes de Febrero de dos mil once”).

- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) ACLARAR que la resolución obrante a fs.1017/1028 en los presentes autos, donde dice “a los 14 (Catorce) días del mes de Febrero de dos mil diez" debe decir “a los 14 (Catorce) días del mes de Febrero de dos mil once”).

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportunamente vuelvan a su instancia de origen.

EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO LUIS MARIA ESCARDO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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