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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38436
Fecha: 2011-02-21
Carátula: P. J. D. c/A. A. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Desiste
//neral Roca, 21 de febrero de 2011.-
Téngase presente el desistimiento de la acción y derecho formulado.-
Regulo los honorarios del Dr. Héctor Trápaga en $ 100.. por las tareas desarrolladas (MB: $. 1.800.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-
Notifíquese. Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro