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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38047
Fecha: 2011-02-18
Carátula: GILES Alicia Manuela c/EMPRESA ENERGIA RN S.A. S/ Beneficio y ordinario
Descripción: clausura
General Roca, 18 de febrero de 2011.-s
Atento lo dispuesto por el art. 402 del C.P.C., declárase la caducidad de la prueba informativa ofrecida oportunamente por la parte actora a Movistar, Impresiones Taipales y al R.P.I., la que no podrá realizarse en esta instancia.
No restando prueba para producir, clausúrese el periódo probatorio. Not.-s
Fecho, pónganse las presentes actuaciones en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro