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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40581
Fecha: 2011-02-17
Carátula: RODRIGUEZ Hugo Luis S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: A Rentas//inicio
//neral Roca, 17 de febrero de 2011.-s
Téngase por cumplido con lo dispuesto a fs. 19.-.-
Cítese a los futuros demandados Gerardo Ñancurpay y Gladis Ares a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula.-
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, Natalia Laura Tripailau, Victoria Elvira Budimir, Hilda Molina, fíjase la audiencia del día 10 de marzo de 2011 a las 8,00 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 22 de marzo de 2011 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula .-
Líbrese oficios al RPI, R.P.A de que informen si el actor posee bienes inscriptos a su nombre.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro