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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24527/10
Fecha: 2011-02-16
Carátula: FIORAMANTI, SERGIO C/ MINISTERIO EDUCACION RIO NEGRO S/ AMPARO S/ COMPETENCIA
Descripción: Oficio
Viedma, 16 de febrero de 2011.-
Oficio Nº /11-Sec. Nº4-STJ-AL.-
Al señor
JUEZ A CARGO DEL
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA NRO.3
DR. CARLOS CUELLAR
SAN CARLOS DE BARILOCHE
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por expresa instrucción del Tribunal, en autos caratulados:“FIORAMANTI, SERGIO C/ MINISTERIO EDUCACION RIO NEGRO S/ AMPARO S/ COMPETENCIA” (Expte.N°24527/10-STJ-), que tramitan por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, Secretaría N* 4 "Causas Originarias, en lo Contencioso Administrativo e Indultos y Conmutaciones de Penas" a mi cargo, sito en Laprida N* 292, 7° Nivel de Viedma, a los efectos de remitirle adjunto copia de la sentencia nro. 123 recaída en autos, para su conocimiento.-
El proveído que ordena el presente, en su parte pertinente dice: "///MA, 15 de diciembre de 2010.-----Habiéndose reunido en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, doctores Luis LUTZ, Alberto I. BALLADINI y Víctor H. SODERO NIEVAS, con la presencia del señor Secretario doctor Ezequiel LOZADA, para el tratamiento de los autos-----Por ello, EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Primero: Declarar la competencia de este Superior Tribunal de Justicia para entender en autos a fin de evitar mayores dilaciones incompatibles con la acción intentada. Segundo: Hacer lugar parcialmente a la acción de amparo de fs. 15/18, estableciendo un plazo máximo de 60 días desde la notificación de la presente para la ejecución del cerco perimetral cuya contratación tramita por expediente N° 20055-EDU-2009, por los fundamentos dados en los considerandos. Costas por su orden (art. 68 2ºpárrafo del CPCyC).Tercero: Regístrese, notifíquese, ofíciese al Sr. Juez del Amparo y oportunamente archívese.Fdo.:LUIS LUTZ JUEZ ALBERTO I.BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS -JUEZ EN ABSTENCIÓN ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA".
Saludo a Ud. muy atentamente.-
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Poder Judicial de Río Negro