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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0667/2010
Fecha: 2011-02-10
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ HERRERO DARIO ALBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 0667/2010
CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ HERRERO DARIO ALBERTO Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, febrero de 2011.-
Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada y obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárase rebelde en el juicio al demandado sr. Darío Alberto Herrero, DNI Nº 26.189.248. Notifíquese.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro