Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0260/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-10

Carátula: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CONCEDANSE EN PRESTAMO LAS ACT

EXPTE. Nº 0260/2010.-

CARATULA: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, febrero de 2.011.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Atento a lo solicitado y razones invocadas, concédanse en préstamo las actuaciones.-

jc

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro