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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33997III
Fecha: 2005-12-15
Carátula: VESPRINI José M. c/ALENCASTRE GUEVARA Reynaldo S/ Ejecutivo
Descripción: proveido
General Roca, 15 de diciembre de 2005.-
Proveyendo a fs. 365: Tengase por cumplido lo requerido a fs. 364.-
Atento la naturaleza del auto de fs. 357 a la revocatoria no ha lugar por improcedente.-
Concedese la apelación de honorarios deducida.-
Oportunamente elevense las presentes actuaciones a la Excma. Cámara de Apelaciones.-
Proveyendo a fs. 366: Por recibido.-
Cumplase con lo ordenado por el Juez Oficiante.-
Sirva la presente de atenta nota.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De conformidad con lo ordenado precedentemente en los autos caratulados " KOHON GUSTAVO ANDRES c/ VESPRINI JOSE MARIO s/ EJECUCION DE HONORARIOS " (Expte. Nº 29.166-IX-) procedo a poner nota de embargo sobre los fondos que tenga a percibir el Sr. JOSE MARIO VESPRINI por las sumas de $ 1.872,00 que se reclaman en concepto de capital con mas la de $ 562,00 que se presupuestan para costas.-
General Roca, 15 de diciembre de 2005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro