Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29430IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-15

Carátula: MUNICIPALIDAD ING. HUERGO c/URIZ de Uriz Edelina S/ Ejecutivo

Descripción: subasta-INMUEBLES

//neral Roca, 15 de DICIEMBRE de 2005.=

Atento las constancias de los autos y en mérito a lo solicitado, procédase a la venta en pública subasta de los bienes embargados, nomenclatura catastral 05-4-C-380-16 y 05-4-C-380-19 con la base de: $ 2.550.- y $ 7.750.- respectivamente por intermedio del martillero Horacio Prosetto.-

El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su desig- nación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del CPC; debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa. Publíquense edictos por DOS días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro (arts. 563, 564, 566, 575 y 576 del CPC), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4to. de la Resolución General Nro. 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT ó Nro y tipo de documento del actor, deudor y martillero interviniente. Venta sujeta a aprobación judicial.-

Al punto III, a fin de resguardar los intereses del ejecutado, a lo peticionado,no ha lugar y estése al resultado de la primera subasta.

Al punto V, autorízase al presentante a compensar en el acto de subasta subasta con su crédito, el monto de la seña y hasta el importe de la suma menor.Expídase testimonio.

Líbrese mandamiento de constatación.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro