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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30505III
Fecha: 2011-02-10
Carátula: CATOIRA Amelia s/Sucesion S/ Reconstrucción
Descripción: REGULACION
General Roca, 10 de febrero de 2011.-
Regulo por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Adolfo Cristian Nielsen en la suma de $ 13.730.- a cargo de la heredera.-
Regulo por las tareas desarrolladas en la tercer etapa, los honorarios profesionales de la Dra. Paula Luengo en la suma de $ 6.865.-. a cargo de la heredera.-
(M.B. $ 158.417,77.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-
Asimismo y habiendo sido protocolizado el testamento por la Escribania Llanos de esta ciudad, líbrese oficio a fin de que remita copia de la protocolización realizada del testamento de ls Sra. Amelia Catoira.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro