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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1181/2010
Fecha: 2011-02-09
Carátula: AGUDO NESTOR OMAR C/ CAMBARERI PABLO NICOLAS S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA - se allana
EXPTE. Nº 1181/2010
CARATULA: AGUDO NESTOR OMAR C/ CAMBARERI PABLO NICOLAS S/ ORDINARIO
Viedma, febrero de 2.011.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio.-
Por contestada el traslado conferido.-
Por formulado allanamiento, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro