Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1200/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-08

Carátula: RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO

Descripción: PRESENTA MEMORIAL

EXPTE Nº 1200/2010

CARATULA: RUIZ ANGEL DUBERLI S/ AMPARO

Viedma, febrero de 2.011.-

Por presentado memorial en tiempo y forma.

Hágase saber a la recurrente que deberá acompañar copias de fs. 5, fs. 6 y de la respectiva sentencia con sus notificaciones a los fines de proceder a formar la pieza prevista en el art. 250 del CPCC bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Entendiendo que el traslado del memorial al amparista presentado sin que éste se haya presentado con patrocinio letrado, innecesario en dicha etapa, excede la informalidad propia del amparo, trámite en el cual éste no es necesario para su tramitación y a los fines de salvaguardar su debido derecho de defensa, desígnase a la Sra. Defensora General en turno a fin de contestar el traslado antedicho, a cuyo fin pasen los presentes obrados en vista.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro