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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0701/2009
Fecha: 2011-02-08
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CONTRERA GISELLA PAULA S/ EJECUTIVO
Descripción: POR PRACTICADA LIQUIDACION ... embargo
EXPTE. Nº 0701/2009
AUTOS: CONFIAR S.R.L. C/ CONTRERA GISELLA PAULA S/ EJECUTIVO
Viedma, febrero de 2.011.-
Agréguese el oficio sin diligencia y en consecuencia, levántase el embargo dispuesto a fs. 8.-
Tiénese presente los pagos denunciados.-
Atento lo peticionado, trábase embargo embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada GISELLA PAULA CONTRERA, D.N.I. Nº 32.972.620, como empleada de la Policía de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 10 en concepto de liquidación sujeta a aprobación, con más la suma de $ 430 presupuestada provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-
Por practicada liquidación, de la misma córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro