Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0875/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-08

Carátula: CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SYLPA S.R.L. Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: CONTESTA DEMANDA SYLPA

EXPTE. Nº 0875/2010

CARATULA: CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. C/ SYLPA S.R.L. Y OTRO S/ ORDINARIO

Viedma, febrero de 2.011.-

Por presentado, parte conforme el poder acompañado y constituido el domicilio.

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro