Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0138/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-08

Carátula: BREGANTE MAURO GERMAN Y OTRO C/ BREGANTE MIRTA ARGENTINA Y OTROS S/ TERCERIA DE DOMINIO

Descripción: reconviene

EXPTE. N° 0138/2009

CARATULA: BREGANTE MAURO GERMAN Y OTRO C/ BREGANTE MIRTA ARGENTINA Y OTROS S/ TERCERIA DE DOMINIO

Viedma, febrero de 2011.-

Agréguese la documental acompañada.-

Atento el estado, de lo peticionado en el punto II y de la fianza requerida por la demandada Mirta Argentina Bregante, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Por contestado el traslado de la demanda conferido.-

Por deducida reconvención, de la misma y documental acompañada córrase traslado a la actora por el término de ley. Notifíquese.-

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de las presentes actuaciones y las disposiciones del art. 357 del C.Pr., a la demanda propuesta contra el demandado en autos Orlando Bregante, no ha lugar.-

Cúmplase con las notificaciones de la sentencia.-

Rosana Calvetti

Juez

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