Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0403/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-14

Carátula: VAZQUEZ HORACIO HERNAN C/ FORD S.C.A. Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: prov

EXPTE. N° 0403/2005

CARATULA: VAZQUEZ HORACIO HERNAN C/ FORD S.C.A. Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Viedma, diciembre de 2005.-

Proveyendo a fs. 141:

De conformidad a lo dispuesto por el art. 335 del C.Pr., agréguese la documental acompañada y de la misma córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese con la copia prevista por ley.-

A lo demás, estése a la etapa procesal oportuna.-

Proveyendo a fs. 146:

Por presentado, parte y con domicilio ya constituido. Hágase saber a las partes la nueva representación invocada.-

Al traslado solicitado, no siendo menester, no ha lugar.-

Tiénese presente la ratificación efectuada.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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