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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0575/99/5
Fecha: 2005-12-14
Carátula: HUAYQUIAN ZULEMA ESTER C/ RAMIREZ DARIO JORGE S/ DIVORCIO VINCULAR ORDINARIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0575/99/5
CARATULA: HUAYQUIAN ZULEMA ESTER C/ RAMIREZ DARIO JORGE S/ DIVORCIO VINCULAR ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2005.-
Toda vez que el recurso de revocatoria no procede contra resoluciones interlocutorias como la atacada en autos, ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 238 del C. Pr., al mismo no ha lugar.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro