Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0704/91/5

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-14

Carátula: BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LUVIMAR S.A. S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: Dres. Emilio H. De Rege y Rubén D. Sella

Domicilio: Saavedra 696 (Constituído)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LUVIMAR S.A. S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0704/91/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 15 de 2.005.-Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a la condenada en costas y a los profesional intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.-Fdo. Angela Clara Contreras-Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2005.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro