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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15928-054-10
Fecha: 2011-02-03
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO / TERZOLI GLORIA S/ EJECUCION DE SENTENCIA S/QUEJA
Descripción: oficio
O F I C I O
San Carlos de Bariloche, 3 de febrero de 2011
A la señora Secretaria del
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. 3
Dra. María Alejandra Marcolini Rodriguez
S / D
Oficio nro.10/11
Tengo el agrado de dirigirme a Usted en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TERZOLI GLORIA S/ Ejecución de Sentencia (Queja)", Exte. 15928-054-10 en trámite por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, Presidencia a cargo del Dr.Edgardo Jorge Camperi, Secretaría UNICA a mi cargo, con sede en Juramento 190 6to. Piso a efectos de hacerle saber que se ha hecho lugar a la queja interpuesta, declarando mal denegado el recurso interpuesto con fecha 03/09/10 contra la resolución de fecha 11/08/10, debiendo disponerse la tramitación del recurso.
Como recaudo se transcribe el auto que ordena la medida: "En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Rio Negro, a los 1 días del mes de febrero de dos mil once....RESUELVE: I) HACER LUGAR a la presente queja, declarando mal denegado el recurso interpuesto con fecha 03/09/10 contra la resolución de fecha 11/08/10; II) OFICIAR al Jugado de origen a efectos de que se disponga la tramitación del recurso......fdo. dres. LUIS M. ESCARDO- EDGARDO J. CAMPERI- HORACIO CARLOS OSORIO (Jueces de Cámara)
Sin otro particular, saludo a Ud muy atte.
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro