include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40174
Fecha: 2011-02-03
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/GARCIA Eduardo Roberto S/ Ejecutivo
Descripción: regulación
General Roca, 03 de febrero de 2011.s -
Téngase presente lo manifestado respecto de la cancelación del crédito y los honorarios pactados por acrecidos.-
Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y Caja Forense.-
Regulo por su actuacion en autos (fs. 58), los honorarios del martillero Eduardo Tejada en la suma de $ 100.- (M.B. $ 13.492,50 -fs. 7-) .-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 31 ley 2051).
Notifíquese.-
Previo al levantamiento de las medias cautelares trabadas estése a la regulación realizada precedentemente o acompáñese la conformidad del martillero.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro