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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40639
Fecha: 2011-02-03
Carátula: AGUERO Silvia Gabriela c/TOMASSINI Leandro Ricardo S/ Ordinario
Descripción: Inicio
//neral Roca, 03 de FEBRERO de 2011.=
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de veintiún dias (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa a Bahía Blanca (Buenos Aires).-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a FEDERACION PATRONAL SEGUROS a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de veintiún días, a cuyo fin y para su notificación líbrese cédula.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Deposítese en caja fuerte la documental original.
Agréguese por cuerda los autos "AGUERO SILVIA GABRIELA S/BENEFICIO" (40.638).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de haberse agregado por cuerda el trámite del beneficio de la actora y depositado documnetal original fs. 22/42. CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro