include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40638
Fecha: 2011-02-03
Carátula: AGUERO Silvia Gabriela S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Beneficio-inicia trámite-a RENTAS
//neral Roca, 03 de FEBRERO de 2011.=
Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.
Hágase saber al presentante que sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 6° inc. 7 del CPC, el trámite debe ingresar por Cámara de Apelaciones.
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Con citación a los futuros demandados Leandro Ricardo Tomassini y Federación Patronal de Seguros SA , a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., proveyendo la prueba ofrecida:
TESTIMONIAL: Para la declaración de Vanesa Rayen Manieri, María Cristina Riquelme y Rodrigo Daniel Mallea, líbrese oficio al Sr. Juez de igual clase y en turno de Neuquén con adjunción del pliego de interrogatorio correspondiente.
Acompáñese el pliego a los fines dispuestos por el art. 454 del CPC.
Líbrense oficios Ley 22172, al Registro de Propiedad del Inmueble y Automotores, DGR y Municipalidad de Neuquén a fin de que informen sobre lo requerido, en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.
Notifíquese a los futuros demandados mediante cédula a Bahía Blanca (Bs. As.) y cédula.
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Agréguese y déjese constancia en los autos "AGUERO C/TOMASSINI S/ORDINARIO" (40.639).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro