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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1277/2010
Fecha: 2011-02-02
Carátula: EL ÑANDU S.R.L. C/ SAEZ ROBERTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: PREVIO vista a Rentas - acreditar fall. demandado -denunciar herederos y domic.
EXPTE. Nº : 1277/2010.-
CARATULA: EL ÑANDU S.R.L. C/ SAEZ ROBERTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
Viedma, febrero de 2011.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Agréguese la documental acompañada.-
Previo a todo y a los fines de determinar los sellados a oblar en el presente juicio, pasen las presentes actuaciones en vista a la Dirección General de Rentas.-
Sin perjuicio de ello y atento la denuncia de fallecimiento del demandado efectuada en el último párrafo del punto IV-HECHOS del escrito de demanda, hágase saber que deberá acreditar la defunción del Sr. Roberto Sáez con la respectiva documental y en consecuencia denunciar sus herederos y sus domicilios.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro