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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38911
Fecha: 2011-02-01
Carátula: PEREZ LAGOS Gloria Veronica Eloisa S/ Sucesión
Descripción: REGULA-
//neral Roca, 01 de FEBRERO de 2011.=
Proveyendo el escrito de fs. 61, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 62, atento el estado de autos, por las tres etapas cumplidas, regulo los honorarios de la Dra. Leonor Fabiola Saez en la suma de $ 3.870.- a cargo de los herederos (M.B. $ 27.700.- Fs. 47- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Previo a la autorización de venta, cúmplase con Caja Forense.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro