Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40673

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-01

Carátula: MENA Claudia Lorena S/ Amparo (Ipross)

Descripción: acta y providencia

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 13,30 hs hs. del dia 06 de enero de 2011, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. CLAUDIA LORENA MENA, DNI N° 24.825.886 que exhibe en el acto, argentina, soltera, docente, con domicilio real en Gadano 2455 de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra IPROSS, en razón que tenia fecha probable de parto para el día 03 de enero de 2011, y como no se ha producido el parto en forma espontanea a la tarde le realizan un estudio para determinar la conveniencia de una cesarea, para el día 07 de enero.- Que la medica tratante es la Dra. Ines Ibañez.- Que habiendo realizado los trámites ante las autoridades de la clínica, le han dicho que como esta cortado el servicio de internaciones a IPROSS tiene que abonar la suma de $ 4.000.- y firmar pagares para asumir el costo de la intervención y de la internación, que como por su situación economica no tiene fondos para asumir dicho pago, promueve el presente recurso de amparo a los fines que IPROSS cumpla con las obligaciones a su cargo, dado que si no cumple corre serios riesgos su salud.- En razón de ello peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitucion Provincial se ordene a IPROSS a asumir los costos de la internación e intervención en la Clinica Juan XXIII de la ciudad de General Roca, ya que su situación economica no se lo permite y esta afiliada a IPROSS en forma obligatoria.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 06 de enero de 2011.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Previo a todo requiérase vía telefónica un informe sobre la situación planteada por la amparista.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

INFORMO A Ud. que en el día de la fecha me comunique telefonicamente con la Secretaria Administrativa de IPROSS y me comunicó que el corte de servicios de internación a FECLIR habia sido superado pues se habia abonado la deuda que mantenian con las clínicas y sanatorios.-

Secretaria, 06 de enero de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro