Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40672

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-01

Carátula: COLILLAN Amalia Ines S/ Amparo (Ipross)

Descripción: Inicio/Oficio//Nota

General Roca, 05 de enero de 2011.-

Por presentado y parte.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia librese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifiquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

IPROSS además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si la paciente AMALIA INES COLILLAN, D.N.I. N° 20.518.560, es afiliada a dicha obra social, y en su caso si su cobertura está vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que la misma fue trasplantado de higado en la Fundación Favaloro de la ciudad de Buenos Aires en el mes de setiembre de 2010.-

3.- Si dada de alta en dicha institución ha requerido la entrega de medicamentos a la Obra Social.-

4.- Si hay trámite del pedido de entrega de medicamentos al 100% a cargo de la Obra Social por la intervención quirúrgica.-

5.- Si ha solicitado la provisión de pasajes para los controles médicos, en su caso respuesta dada a tal petición.-

6.- Cobertura que debe prestar la Obra Social ante la situación de la afiliada con transplante de higado.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 6 de enero de 2011.-

A la DELEGACION IPROSS

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 15

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "COLILLAN Amalia Ines S/ Amparo" (Expte. 40672) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III, a cargo de la Dra. Susana Burgos, Secretaría Única, a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad , en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el término de 48 hs. brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista. Además, deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si la paciente AMALIA INES COLILLAN, D.N.I. N° 20.518.560, es afiliada a dicha obra social, y en su caso si su cobertura está vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que la misma fue trasplantada de hígado en la Fundación Favaloro de la ciudad de Buenos Aires en el mes de setiembre de 2010.-

3.- Si dada de alta en dicha institución ha requerido la entrega de medicamentos a la Obra Social.-

4.- Si hay trámite del pedido de entrega de medicamentos al 100% a cargo de la Obra Social por la intervención quirúrgica.-

5.- Si ha solicitado la provisión de pasajes para los controles médicos, en su caso respuesta dada a tal petición.-

6.- Cobertura que debe prestar la Obra Social ante la situación de la afiliada con transplante de higado.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 5 de enero de 2011.- ... líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra. MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

Sra. Juez:

INFORMO a Ud. que en el día de la fecha recibi una llamada telefonica de IPROSS Viedma y me comunicaron que se habia abonado la cuenta pendiente que dicha obra social tenia con la Fundación Favaloro y por lo tanto la paciente ya podia viajar a Buenos Aires para su control, asumiendo tambien IPROSS los pasajes y estadia de la Sra. Colillan.-

Secretaria, 11 de enero de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro