Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00351-040-09

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-01

Carátula: VALLE CELESTINO Y CHAVEZ FIDELINA / S/ AMPARO

Descripción: Proveer la prueba

Expediente Nro.00351-040-09

San Carlos de Bariloche, 1 de febrero de 2011

Por presentado, parte y domiciliado. Agréguese el poder acompañado.

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

Proveyendo la prueba de la:

ACTORA:

Instrumental: Téngase presente la prueba agregada y ofrecida.

Oficiatoria: Al Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (CODECI). A la Defensoría del Pueblo de la Pcia. de Río Negro. Al Ente Provincial Regulador de la Electricidad. A cuyo fin, ofíciese.

Testimonial: (fs.54). Cítese en forma personal o por cédula a la audiencia (conf. art. 431 y cc del C.P.C.C.), para el día 21 de Febrero de 2011 para los siguientes testigos propuestos: VICTOR COBOS a las 9 hs.; CONSTANTINO COBOS, a las 9.30 hs.; RAUL SOTO, a las 10 hs.; OSCAR SCHEFELL a las 10.30, ELVIRA AÑUAL a las 11hs., y ALBERTO INALEF a las 11.30hs, quienes deberán comparecer munidos de su DNI., bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de fijar una segunda audiencia supletoria a la que se los hará comparecer por medio de la fuerza pública y se les impondrá una multa de $ 200, la que será destinada a la biblioteca de la jurisdicción. Notifíquese, con transcripción del ap. 3ro. del art. 431 del C.P.C.C. En relación a los gastos del traslado de los testigos deberá estarse a lo dispuesto por el art. 426 CPCC.

Proveyendo la prueba de la ACCIONADA (fs. 100/101)

Instrumental: Téngase presente la prueba agregada en autos.

Inspección Ocular: Oportunamente, de considerarlo necesario.

EDGARDO JORGE CAMPERI

Presidente

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Poder Judicial de Río Negro