Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00385-044-10

N° Receptoría:

Fecha: 2011-02-01

Carátula: MARIA Y MARIA SRL (ACTA 7142) / S/ INFRACCION LEY 22802 S/APELACION

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00385-044-10

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 1 días del mes de febrero de dos mil once reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "MARIA Y MARIA SRL (ACTA 7142) S/ INFRACCIÓN LEY 22802 S/ APELACIÓN", expte. nro.00385-044-10 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 33vta., respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.

A la cuestión planteada el dr. Osorio dijo:

Oído el sr. Fiscal de Cámara y atento a lo dispuesto por el art. 11 de la Ley n° 4139, corresponde declarar la competencia de este Tribunal para entender en los autos de referencia.

Asimismo, y atento a la fecha de notificación de la resolución cuestionada (fs. 15) y la de interposición del recurso (fs. 16), corresponde también declarar bien concedido el mismo en relación y efecto suspensivo.

A la misma cuestión los dres. Camperi y Escardó dijeron:

Por iguales fundamentos a los expresados por el dr. Osorio, adherimos a su voto.-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) declarar la competencia de este Tribunal para entender en los presentes.

2do.) declarar bien concedida la apelación en relación y efecto suspensivo.

3ro.) notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

mlh

Luis M. Escardó Edgardo J. Camperi Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro