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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37215
Fecha: 2005-12-14
Carátula: TARJETA AUTOMATICA c/ FAJARDO Cristian S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.A cédula
El l4/12/05 l cédula a Caja Forense.-
//neral Roca, 14 de Diciembre de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese al empleador Sr. JUAN BAUTISTA GIANNINNI, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.094,50 en concepto de capital con más la de $ 440 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro